Un estudiante puede solicitar la repitencia si no ha agotado las posibilidades normadas en el Reglamento de Organización Docente para carreras universitarias. De lo contrario causa baja por insuficiencia docente.
Para autorizar a un estudiante del curso diurno o del curso por encuentros a repetir un año académico, se tienen en cuenta que sus resultados docentes no estén vinculados a una mala actitud ante el estudio y que posea una evaluación integral satisfactoria. Además, se analizan los criterios del colectivo de año académico y de las organizaciones estudiantiles; y se pueden realizar las verificaciones que se estimen necesarias. El estudiante solo tiene que cursar y aprobar las asignaturas que le quedaron pendientes del año académico que repite
¿Cómo solicitar una repitencia?
Se debe presentar la solicitud de repitencia al decano de la facultad o al director de centro universitario en conjunto con un aval del presidente de la FEU de la facultad y otro aval de la secretaría de la UJC.
Los estudiantes matriculados en el curso diurno tienen la oportunidad de repetir hasta dos (2) años de su plan de estudio durante toda la carrera y solo pueden repetir un mismo año una (1) sola vez
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